Información general | Suba más alta desde 2012

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Alquileres imposibles

Los valores de los alquileres de vivienda registraron en abril la suba más alta desde 2012 en la ciudad de Buenos Aires. Según un informe privado de un sitio especializado, la locación de un monoambiente en Capital ya superó los $100.000 mensuales. Por Joaquín Ramírez Souto
Buenos Aires, 5 de amyo de 2023. La inflación galopante es uno de los peores azotes de la economía familiar. Pero hay precios que suben más que otros y más que el promedio de la inflación, jaqueando los sueños de quienes quieren ir a vivirse solos. Es el caso de los valores de los alquileres. En abril registraron la suba más alta desde 2012 y vivir hoy en un monoambiente tiene un valor de más de $100.000, lo que lo hace imposible para la gran mayoría.

Según la página de Zonaprop, sitio que mide mensualmente el aumento de los alquileres en Capital Federal, el 2023 los precios acumulan un 38,4% de aumento, un valor por encima de la inflación.

“Los barrios de Palermo y Belgrano son aquellos con la oferta más cara en la ciudad, con un valor de $165.061 y $152.104 mensuales, respectivamente”, indica el informe.

En la zona media se encuentran Villa Crespo ($132.524 mensuales), Villa General Mitre ($122.504 mensuales) y Paternal ($115.029 mensuales). Los precios más bajos se encuentran en Mataderos ($98.003 por mes), Liniers (99.268 pesos mensuales) y Flores ($104.432 por mes).

Además, en mayo, aquellos inquilinos que cumplan un año de contrato desde su última actualización tendrán un incremento cercano al 100%, porcentaje surge de una fórmula establecida por la Ley de Alquileres, que se determina por un índice que elabora el Banco Central en función de la evolución de la inflación y los salarios.

Una serie de aspectos claves a tener en cuenta respecto de la Ley de Alquileres vigente:

Nuevo cálculo
La nueva ley establece un nuevo cálculo del precio del alquiler de un inmueble. Anteriormente, los valores de los alquileres se definían cuando se firmaba el contrato, un precio total que se dividía por los 24 meses de duración del alquiler y que en general se pactaba con incrementos semestrales.

Ajuste de los alquileres
En ese sentido, a partir de la nueva normativa, los alquileres se ajustan una vez por año con una fórmula compuesta en un 50% por la evolución de los salarios (el índice Ripte) y 50% por la evolución de la inflación que mide el Indec (IPC).

Mes de anticipo y depósito
La nueva ley de alquileres establece entre los cambios para los inquilinos: que el mes anticipado y el depósito de garantía no pueden ser mayores al equivalente a un mes de alquiler, respectivamente.

Contrato mínimo
Otras de las modificaciones incorporadas en la nueva ley, tiene que ver con los tiempos de los contratos. Por lo que establece que el plazo mínimo del contrato se amplía de dos a tres años.

La AFIP
Además, se incluye que hay obligatoriedad de declarar los contratos de locación ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Las expensas
La nueva ley de alquileres establece que aquellas expensas que deriven de gastos habituales, es decir, vinculados a los servicios normales y permanentes a su disposición, quedan a cargo del locatario. Sin embargo, las expensas extraordinarias las debe pagar el locador, como fue tradicional hasta hace pocos años.

Garantía
En cuanto a la garantía, el locatario debe proponer al menos dos alternativas entre: título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía personal del locatario (recibo de sueldo, certificado de ingresos). Sobre el valor de la garantía, el locador no puede requerir garantía que supere el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locación, salvo el caso de que la garantía sea de ingresos, en cuyo caso puede elevarse a diez veces.

Intermediación
La nueva ley de alquileres establece que la intermediación solo puede estar a cargo de un profesional matriculado para el corretaje inmobiliario.

Resolución de conflictos
También refiere a la disposición del desarrollo de mecanismos de bajo costo o gratuitos para la resolución de conflictos derivados de los contratos de locación.

Programa Nacional de Alquiler Social
La nueva ley de alquileres crea el Programa Nacional de Alquiler Social para la adopción de medidas que faciliten el acceso a la vivienda digna en alquiler mediante contratación formal. En virtud del mismo, la Secretaría Nacional de Vivienda debe:

1- considerar especialmente a las personas en situación de violencia de género, a las personas adultas mayores y a quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad;
2- promover la regulación de entidades que otorguen garantías de fianza o seguros de caución para contratos de alquiler de viviendas;
3- propiciar la creación de líneas de subsidios o créditos blandos para facilitar el acceso al alquiler de viviendas;
4- diseñar mecanismos para ampliar la oferta de alquileres de inmuebles destinados a la vivienda;
5- trabajar junto con la ANSES para facilitar el acceso al alquiler a personas jubiladas, pensionadas y titulares de la prestación por desempleo;
6- apoyar a quienes tengan dificultades para cumplir con los requisitos de garantía, depósito y demás gastos para alquilar una vivienda familiar única;
7- promover la creación de un seguro obligatorio que cubra la falta de pago de alquileres y las indemnizaciones por daño y ocupación indebida del inmueble;
8- generar alternativas para la resolución de conflictos entre locador y locatario.

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