Política | Espionaje ilegal en CABA

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Ahora Lijo

El juez federal Lijo quedó a cargo de una denuncia contra funcionarios de CABA formulada por el juez porteño Roberto Gallardo, luego de que fuese apartado de la invcestigación por una decisión del Tribunal Superior de la Ciudad. Se trata de una presentación por la causa en la que se investigan posibles irregularidades en el uso de datos biométricos por parte de la Ciudad de Buenos Aires en el marco del sistema de reconocimiento facial de prófugos, ya constatadas por una auditoría realizada por fuerzas federales a pedido de Gallardo. Lijo es conocido por sus simpatías macristas. Por Mailén González
Buenos Aires, 15 de julio de 2022. El juez federal Ariel Lijo resultó sorteado ayer para intervenir en una denuncia presentada por el juez de primera instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la ciudad de Buenos Aires, Roberto Gallardo, por posible violación a la ley de Inteligencia por parte de autoridades del Gobierno porteño, en el marco de la utilización del sistema de reconocimiento facial de prófugos (SRFP).

Lijo quedó a cargo de la denuncia que presentó en la noche del miércoles por vía electrónica Gallardo contra Marcelo D´Alessandro, Ministro de Justicia y Seguridad de la CABA; y Gastón Leopoldo Navarro, subsecretario de Tecnología e Informática del Ministerio de Justicia y Seguridad de la CABA, informaron fuentes judiciales. También contra Cecilia Inés Amigo (coordinadora del Plan Integral de Videovigilancia de la CABA, dentro del ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la CABA); y Mariano Córdoba (Jefe de Sistemas de la Subsecretaría de Tecnología e Informática en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la ciudad de Buenos Aires).

El magistrado presentó la denuncia penal luego de conocida la noticia de su apartamiento, por parte de Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de Buenos Aires, de la causa en la que se investigan posibles irregularidades en el uso de datos biométricos por parte de la Ciudad de Buenos Aires en el marco del SRFP.

"La información recolectada incluso hasta este estado de la causa permite observar el posible uso indebido de los datos biométricos por parte de ciertos dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad de la CABA", sostuvo el juez Gallardo en el oficio que envió a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal con sede en Comodoro Py 2002.

En el oficio con el que presentó su denuncia, el juez Gallardo recordó que "el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos será empleado únicamente para tareas requeridas por el Poder Judicial de la Nación, Provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como así también para detección de personas buscadas exclusivamente por orden judicial, registradas en la Base de Datos de Consulta Nacional de Rebeldías y Capturas (Conarc)". También puso de relieve que, de acuerdo a la normativa vigente, "salvo orden judicial, se encuentra prohibido incorporar imágenes, datos biométricos y/o registros de personas que no se encuentren registradas en el Conarc".

En lo últimos días el juez Gallardo había recibido los resultados del peritaje requerido a la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) en relación a los elementos secuestrados en la causa de la que fue apartado y allí se aseveraba que "existen personas que no deberían encontrarse en la base de datos del SRFP". En el mismo informe se señaló que "se estableció que las alertas emitidas por el SRFP a los distintos oficiales de policía, para la detención de las personas, son remitidas a través del programa de mensajería instantánea Telegram indicando que no existe en el mismo un seguro para el tratamiento de los datos personales sensibles".

Apartamiento del Juez Gallardo

En un polémico fallo el Tribunal Superior de Justicia porteño de mayoría macrista, apartó al juez Gallardo de la investigación del uso ilegal de datos biométricos para espiar a quienes viven y transitan por la ciudad. En un fallo alcanzado por la mayoría de ex funcionarios macristas, el máximo tribunal de la Ciudad de Buenos Aires también hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad planteado por la administración porteña contra el fallo del magistrado.

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (TSJ) hizo lugar a la recusación planteada por el Gobierno porteño contra el juez Roberto Gallardo y lo apartó de la causa en la que se investigan supuestas irregularidades en la utilización de datos biométricos por parte de quienes tienen acceso al sistema de reconocimiento facial de prófugos.

En un fallo alcanzado por mayoría, el máximo tribunal de la Ciudad de Buenos Aires también hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad planteado por la administración porteña contra la resolución con la que el juez Gallardo había ordenado suspender el uso del sistema de reconocimiento facial en el ámbito de esta capital, informaron fuentes judiciales.

La denuncia presentada

El pleito se inició cuando el Observatorio de Derecho Informático Argentino (Odia) promovió una acción de amparo colectivo contra el GCBA cuestionando la constitucionalidad y convencionalidad de las normas que dispusieron la aplicación del sistema de reconocimiento facial de prófugos. La entidad advirtió, según consta en la resolución, que las medidas de seguridad, implementadas a través de una empresa privada, "no fueron precedidas por un debate profundo acerca de la pertinencia y seguridad del sistema".

Señaló que "no se había llevado a cabo una evaluación de impacto en la privacidad (EIP) que permitiese determinar la posible afectación a los datos personales y otros derechos humanos básicos de los ciudadanos de la Ciudad por parte del sistema implementado" y sostuvo que "las normas cuestionadas vulneraban los derechos constitucionales de reunión, la privacidad y a la intimidad, la protección de los datos personales -entre ellos, los biométricos-, y a la no discriminación".

También destacó que "se conculcaba el debido proceso, en virtud de que, a su criterio, cualquier persona sería ´juzgada´ por un sistema de inteligencia artificial, sin la posibilidad de estar a derecho". En ese marco, Odia requirió como medida cautelar que "se suspendiese la aplicación de las normas indicadas".

La justicia de primera instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la CABA rechazó el pedido, lo cual fue apelado por el Odia, que tuvo una recepción favorable de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo. El caso recayó, por disposición del tribunal, en el juez Gallardo, que ordenó una serie de medidas para resolver sobre la cuestión.


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