Política | Medio millón de habilitados

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Voto migrante en la Ciudad

Desde 2018 los residentes extranjeros de la ciudad no necesitan empadronarse para participar de las elecciones de las autoridades locales. Así casi medio millón de electores están habilitados para participar el 18 de mayo de la elección de legisladores porteños. Ningún candidato presentó propuestas específicas para este sector de los electores que implican un quinto del padrón electoral. Por Martín Pérez Díaz Buenos Aires, 16 de mayo de 2025. Históricamente en Argentina han existido distintas leyes que garantizan diferentes derechos a la población extranjera, entre ellas las que refieren a los derechos políticos. Un listado de ellas es el siguiente:

    2018. Ley 6.031 - Código Electoral de la Ciudad. Establece que las personas extranjeras mayores de 16 años que cuenten con DNI, residencia permanente y domicilio en la Ciudad están habilitadas para votar cargos locales sin realizar ninguna inscripción previa.
    2003. Ley 25.871 - Nacional de Migraciones. Establece el trato igualitario y la no discriminación. “Facilitará, de conformidad con la legislación nacional y provincial en la materia de consulta o participación de los extranjeros en las decisiones relativas a la vida pública y a la administración de las comunidades locales donde residan”.
    1996. Constitución de la Ciudad. En el año 1996 se sancionó la Constitución de la Ciudad estableciéndose allí que “los extranjeros residentes gozan” del derecho a sufragar “en los términos que establece la ley” (artículo 62).
    1994. Constitución Nacional.
    1987. La Ley Nacional 23.510, del año 1987, garantizaba la participación política de las personas extranjeras.

La Ley 6.031 de 2018 representó un salto cualitativo en lo que respecta al derecho de las personas migrantes internacionales para votar cargos locales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al equiparar su registración con las personas nativas, eliminando el proceso de registro o “empadronamiento” voluntario.

Cómo verificar los requisitos para poder votar en la Ciudad. Para saber si estás en el registro electoral, tenés que:

    Poseer DNI con domicilio en la Ciudad.
    Tener la categoría de residente permanente.
    Tener más de 16 años.

Registro de Electoras Extranjeras y Electores Extranjeros Residentes

Es el Registro de las personas habilitadas para votar en la Ciudad, responsabilidad del Poder Judicial. La inclusión en el Registro se realiza en forma automática cuando una persona cumple los requisitos, es decir que no se necesita realizar un trámite adicional.

Casi 500 mil personas figuran dentro del Registro y por lo tanto pueden votar. Al analizar los países de origen de quienes lo componen, se destacan respectivamente las siguientes nacionalidades: boliviana, paraguaya, peruana y venezolana.

Exclusión de sanción por no emisión del voto

El artículo 17 del Código Electoral de la Ciudad establece que, a diferencia de las personas nativas, a las migrantes no se les impondrá sanción por dejar de emitir su voto. Esto significa que no tendrán multa económica, ni administrativa.

El Código Electoral de la Ciudad, aprobado en el año 2018, equipara la registración para votar de migrantes con las personas nativas.

La Defensoría y los migrantes

Con el objetivo de promover el derecho al voto de las personas migrantes con residencia permanente en la Ciudad, la Defensoría del Pueblo realizó una capacitación sobre el uso de la Boleta Única Electrónica (BUE), especialmente dirigida a la comunidad migrante.

El próximo domingo 18 de mayo se celebran elecciones en la Ciudad de Buenos Aires y las personas migrantes que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 6.031 del Código Electoral local podrán votar para elegir a 30 legisladores y legisladoras que integrarán la Legislatura porteña durante los próximos cuatro años.

Podrán votar quienes tengan 16 años o más, cuenten con DNI de extranjero/a con domicilio en CABA, residencia permanente y no estén inhabilitados para sufragar. Para hacerlo, deben figurar en el padrón electoral para migrantes, que puede consultarse en www.dondevotociudad.gob.ar.

El encuentro se llevó a cabo en la sede central de la Defensoría (Av. Belgrano 570), donde se respondieron consultas y se brindó una capacitación práctica sobre el uso del sistema de votación electrónica.

Tanto para argentinos/as como para migrantes, participar de los comicios es una forma de fortalecer una democracia más plena, participativa e inclusiva.

Ante cualquier duda o reclamo, la Defensoría del Pueblo atiende a través de sus distintos canales:
🌐 www.defensoria.org.ar
📱 Instagram, Twitter y Facebook: @defensoriacaba
📞 0800-999-3722
💬 WhatsApp: 11 7128 8301
📍 Atención presencial: Av. Belgrano 673, de lunes a viernes de 10 a 17 horas.

 

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