Información general | Alquileres por las nubes

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Cada vez más inquilinos pobres

Para no ser pobre una familia inquilina necesita ingresos mensuales superiores a $47.220, un requisito que solo cumplen el 30% de las familias porteñas, reveló un informe de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires. La mayor parte de sus recursos va a parar al pago del alquiler. Entre tanto, la Cámara en lo Contencioso Administrativo declaró ayer inconstitucional la ley de alquileres en la ciudad de Buenos Aires, en un fallo que fue celebrado desde el sector inmobiliario y rechazado por algunas agrupaciones de inquilinos. Por Joaquín Ramírez Souto
Buenos Aires, 12 de abril de 2019. La mitad de los inquilinos porteños son pobres, ya que por el monto de los alquileres de los bienes de consumo, para no serlo se requiere ganar por mes más de 47 mil pesos. En tanto, según el trabajo, esa misma familia debe ganar más de $33.681 para superar la línea de la indigencia, algo que sólo el 50% de las familias de la Capital pueden lograr.

Por su parte, para superar la línea de la pobreza, un inquilino necesita contar con ingresos superiores a $20.353 una realidad a la que solo llega menos de la mitad de la población ocupada.

"En el informe estamos confirmando que por lo menos la mitad de los inquilinos de esta ciudad son pobres y están limitados a gastar la mayor parte de sus ingresos en el alquiler", afirmó Fernando Muñoz, coordinador del Programa de Atención a Inquilinos de la Defensoría del Pueblo.

Según el funcionario, "no hace falta ser un erudito para entender que con ingresos familiares inferiores a 27.000 pesos es imposible vivir dignamente pagando alquileres de dos ambientes que superan los 14.000 pesos".

El informe de la Defensoría destacó que según la Dirección de Estadísticas y Censos de la Ciudad, un departamento de un ambiente tiene un precio promedio de $10.410, uno de dos ambientes vale $ 13.953 y uno de tres ambientes, $ 20.362.

Paralelamente, la misma dependencia del Gobierno porteño publica los deciles de ingreso de la población ocupada, que nos brindan un panorama preciso de cómo se componen los ingresos en la Ciudad.

En este sentido, el informe señaló que el 30% de los porteños tiene ingresos menores a $ 15.000, el 50% no supera los $ 20.000, el 60% está por debajo de $ 25.000 y el 80% no alcanza los $ 35.000.

En tanto, según el organismo estadístico porteño en febrero último la Canasta Alimentaria (CA) para un hogar compuesto por una pareja de 35 años, económicamente activa, propietaria de la vivienda y con dos hijos de 6 y 9 años fue de $13.319, mientras que la Canasta Básica Total (CBT), fue de $26.858.

"Si a estos montos le agregamos el valor del alquiler de un tres ambientes ($20.362), obtenemos que para no ser pobre una familia inquilina necesita ingresos superiores a $47.220", destacó el informe.

En este contexto y con la crisis económica en pleno desarrollo, las rescisiones de contratos de locación y el aumento de la morosidad en el pago de alquileres y expensas están a la orden del día. "Con precios que rondan los diez mil pesos para monoambientes y más de trece para dos ambientes, no nos sorprende el aumento en la cantidad de inquilinos que se acercan para rescindir su contrato de alquiler", señaló Muñoz. "Esto implica -agregó- empeorar las condiciones de vida, con tal de no acumular deudas y evitar conflictos con locadores o garantes".

Por otra parte, según el informe "Distribución porcentual de los hogares por tipo de hogar" (de 2017) 36.8% de los porteños viven solos, mientras que el 11.4% de los hogares está compuesto por madres o padres con hijos a cargo.

"De esta forma, podemos afirmar que casi la mitad de la población asume con un solo ingreso todos los gastos del hogar, mientras que la otra mitad cuenta con por lo menos dos personas que pueden sostenerlo", precisó el trabajo de la Defensoría.

"En la ciudad de mayor cantidad de viviendas vacías, se está produciendo una desbordante situación de convivencia forzada: jóvenes que comparten habitaciones, hoteles familiares colmados, adultos mayores que son recibidos en viviendas de familiares y propietarios que alquilan habitaciones en su propia vivienda", señaló Muñoz.

El informe advierte por otra parte que los gastos asociados a alquilar una vivienda no terminan en los gastos mensuales ya que los contratos duran dos años y durante ese tiempo, los inquilinos deben generar un ahorro suficiente para firmar uno nuevo. Además de la comisión, repuesta por un reciente fallo de segunda instancia, hay otros conceptos que aún existen o que se van imponiendo con el paso del tiempo. El primero, y más conocido, es el depósito en garantía y el segundo es el seguro de caución. El año 2018 fue, sin duda, el de mayor expansión de esta modalidad de garantía que hasta hace poco era un requisito exclusivo de alquileres comerciales.

Considerando que, para iniciar un contrato de locación, los inquilinos deben abonar 2 meses de depósito, 2 meses de seguro de caución (si no cuentan con garantía propietaria) y gastos administrativos, el inicio de un alquiler de un dos ambientes puede saltar de $30.906 a $56.562 según se disponga o no de garantía propietaria. Un valor que se incrementará con la renovada vigencia de las comisiones de las inmobiliarias.

Ley de alquileres inconstitucional dice la justicia porteña

La Cámara en lo Contencioso Administrativo declaró ayer inconstitucional la ley de alquileres en la ciudad de Buenos Aires, en un fallo que fue celebrado desde el sector inmobiliario y rechazado por algunas agrupaciones de inquilinos.

Al dar la razón al reclamo de las inmobiliarias, la justicia declaró la inconstitucionalidad de la ley 5859, aprobada por la Legislatura porteña y oficializada a fines de 2017, que fijaba el monto máximo de la comisión a cobrar en 4,15% del valor total del respectivo contrato, a cargo del locador.

La norma además prohibía "requerir y/o percibir mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la locación" y trasladaba a los dueños de las propiedades los costos de gestoría de informes a organismos oficiales.

Además, establecía que en los avisos web de inmuebles debe figurar una leyenda que diga: "Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".

La decisión judicial se dio en base a los amparos presentados por CUCICBA, el CECIN, la CRCI y 75 Corredores Inmobiliarios matriculados, y revoca la sentencia emitida por el juez de primera instancia Lisandro Fastman en agosto de 2018.

El fallo señala que el Código Civil y Comercial de la Nación reconoce que el inquilino tiene carácter de "comitente" y, por tanto, le corresponde el pago de honorarios al corredor que interviene en la operación.

Además, la Cámara rescató que las partes ya poseen facultades para convenir el monto de una comisión de corretaje, por lo que consideró que la Legislatura porteña no tiene facultades para modificar en contrario cuestiones normadas por el Código Civil y Comercial de la Nación.


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