Política | Empresas de reparto

12/04

0

Apelación a pedido

La ciudad apelará la orden judicial que buscaba prohibir las operaciones de Rappi, Glovo y PedidosYa, por encontrarlas "en franca transgresión a la normativa vigente", dado que incumplen "las normas básicas en materia de seguridad contenidas (en el) Código de Tránsito y Transporte". El juez señala que los mensajeros contratados por esas empresas no usan casco ni luces reglamentarias, además de no llevar la caja portaobjetos asegurada al vehículo, ni contar con seguro y libreta sanitaria. Según fuente oficiales, sólo en un mes 25 fueron víctimas de accidentes en la vía pública, mientras desempeñaban su tarea de delivery. Por Mailén González
Buenos Aires, 12 de abril de 2019. Del mismo modo que lo hizo cuando se trató de obligar a Metrovías a brindar los servicios de escaleras mecánicas y ascensores, poniéndolos en servicio cuando debían ser reparados, el gobierno porteño dijo el miércoles que apelará la decisión de un juez que ordenaba prohibir a las empresas de repartos de comidas Rappi, Glovo y PedidosYa operar en el área metropolitana, una medida que podría impactar con dureza un negocio de rápido crecimiento. 

La Secretaría de Transporte de la ciudad dijo, además, que recusará al juez por abuso de autoridad, parcialidad y prejuzgamiento. Además, con peculiar sentido republicano de respeto a la división de poderes y de acatamiento de las disposiciones judiciales, el organismo expresó "En este contexto, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires no debe acatar la medida porque no está firme y va a ser apelada".

Horas antes, la página web del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires informó que un juez ordenó al Gobierno local que prohíba de manera inmediata las operaciones de estas tres empresas, que están entre las más importantes de este negocio. El magistrado señaló que las compañías operan "en franca transgresión a la normativa vigente" y solicitó que se apliquen las medidas para que cumplan con los requisitos de seguridad e higiene.

La española Glovo dijo en un comunicado que la industria local está enfrentando un "nuevo paradigma" y señaló la necesidad de generar un debate para alcanzar un acuerdo que beneficie a todos. La firma agregó que confía en que el Gobierno avance en crear un espacio de diálogo. Glovo comenzó a funcionar en Argentina a comienzos del año pasado y ahora emplea a 137 personas en el país.

Por su parte la colombiana Rappi, que se lanzó en Argentina el año pasado, confirmó que también apelará la decisión judicial. La resolución "afecta a toda la industria de mensajería urbana y reparto a domicilio de sustancias alimenticias en la Ciudad (de Buenos Aires), y pone en riesgo la continuidad de las fuentes de ingreso de miles de personas", señaló en un comunicado. 

El fallo judicial

La justicia ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires prohibir la actividad de las empresas de delivery en bicicleta hasta que se dé cumplimiento a las normas legales vigentes

El titular del juzgado n° 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Andrés Gallardo, ordenó al GCBA que en forma inmediata prohíba en todo el territorio de la Ciudad, la actividad de las firmas Rappi Arg. S.A.S., Kadabra S.A.S. (Glovo) y Pedidos Ya S.A., (mensajería y reparto de sustancias alimenticias), hasta tanto acrediten haber dado cumplimiento a los mínimos requisitos legales comprendidos en el capítulo 13 del Código de Tránsito y Transporte porteño. Ordenó, además, que diseñen y ejecuten un plan de contingencia económica y social para todos los repartidores de las firmas involucradas, que compense la reducción de sus ingresos hasta tanto se normalice la situación, a través del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.

El magistrado señaló que "como surge del relevamiento efectuado por la Policía de la Ciudad, el servicio de mensajería urbana y reparto a domicilio de sustancias a domicilio llevado a cabo en la CABA por las firmas prestatarias, se realiza en franca transgresión a la normativa vigente, y sin que se les exija al menos, dar cumplimiento a las normas básicas en materia de seguridad contenidas en los artículos 13.3.5., 13.3.6., 13.4.2.2., 13.6.1. del Código de Tránsito y Transporte, y 13.4.2.2. del Decreto Reglamentario 198/18".

Producto de ello, advirtió que "es necesario aplicar las medidas coercitivas necesarias para lograr que se dé cumplimiento estricto y sin demora a las disposiciones contenidas en el Código y en su decreto reglamentario, al menos en lo atinente a utilización de casco, de luces reglamentarias, y en caso de llevar caja portaobjetos, que la misma se encuentre asegurada al vehículo, así como existencia de seguro y de libreta sanitaria en caso de transporte de sustancias alimenticias".

Además, indicó que "frente al hecho de que cualquier medida que se adopte resentirá el ingreso que perciben los trabajadores de mensajería. Situación que golpeará de lleno en un colectivo que ya padece situación de vulnerabilidad e informalidad y que no tiene responsabilidad alguna por el desmanejo operado en el área hasta el presente".

A requerimiento del juzgado, la Policía de la Ciudad realizó un relevamiento de más de 400 ciclorodados, donde el 77 por ciento circulaba con el portaobjetos cargado en su espalda; el 70 por ciento desempeñaba tareas sin seguro alguno; y por último, un 67 por ciento circulaba sin casco.

A su vez, el ministerio de Salud porteño sumó información al expediente, al advertir que en el lapso de un mes, y siempre hablando del sistema público de Salud de la Ciudad, se atendieron 25 víctimas de accidentes en la vía pública, mientras desempeñaban su tarea de delivery.

Por último, Gallardo ordenó al Ejecutivo comunal que "asuma la responsabilidad que le cabe al haber permitido este grave cuadro y mitigue los efectos económicos y sociales que necesariamente deriven de lo aquí resuelto".



Compartir nota en las redes sociales Enviar Imprimir

Dejanos tu comentario